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Aviso de rechazo de un cheque

Cuando un cheque se rechaza, la palabra «aviso» aparece con dos sentidos que conviene separar: la constancia que deja el banco y el aviso que el portador debe dar a endosantes y avalistas para conservar la acción contra ellos. Acá va qué es cada uno, los plazos y por qué conservar todo. Es orientación general, no asesoramiento legal.

Respuesta rápida. Hay dos avisos. (1) La constancia de rechazo del banco en el cheque: es la prueba del rechazo y su causa, y habilita el reclamo. (2) El aviso a endosantes y avalistas que la Ley de Cheques exige dar al portador en plazos cortos para no perder la acción contra ellos. Conservá la constancia y avisá en término.

La constancia de rechazo del banco

Cuando el banco girado no paga el cheque, deja constancia en el propio documento con la causa del rechazo (sin fondos, defecto formal, orden de no pagar, etc.) y comunica el rechazo al BCRA, que lo registra. Esa constancia es la prueba de que el cheque fue presentado y no se pagó: sin ella, el reclamo se complica. Conservala siempre. El panorama general de qué hacer después está en qué hacer si un cheque rebota y en cheque rechazado.

El aviso a endosantes y avalistas

Este es el aviso que suele pasar inadvertido. Si el cheque circuló con endosos y querés poder reclamar no solo al librador sino también a los endosantes o avalistas, la Ley de Cheques te exige avisarles el rechazo: el portador avisa a su endosante y a quien lo avaló, y cada uno al anterior, hacia atrás en la cadena. No cumplir con este aviso en término puede hacerte perder la acción contra esos obligados, aun conservando la del librador. Entender quién queda obligado ayuda: mirá endoso de cheques.

Los plazos son cortos

Los plazos para dar estos avisos son breves y en días hábiles, por lo que no conviene dejarlos correr. Sumado a eso, el cheque tiene su propio reloj de prescripción, que no se detiene: lo vemos en cuándo prescribe un cheque. La regla práctica es actuar enseguida tras el rechazo y, si hay cadena de endosos, asesorarte para cumplir los avisos en forma.

Aviso, intimación y reclamo no son lo mismo

El aviso de rechazo no reemplaza a la intimación de pago ni al reclamo judicial: son etapas distintas. Después del aviso puede venir una carta documento intimando al pago y, si no hay respuesta, la ejecución por vía judicial. El aviso es el primer eslabón que mantiene abiertas tus opciones; los demás vienen después. Si además querés levantar la multa como librador, mirá multa por cheque rechazado.

Lo que evita todo esto

Los avisos, las intimaciones y las acciones solo aparecen cuando un cheque rebotó. Y la mayoría de los rechazos se podían anticipar: el librador suele tener cheques rechazados previos o deuda irregular en el BCRA antes de entregar el suyo. Avalio cruza esos antecedentes en segundos con el CUIT del librador y te dice si conviene aceptar el cheque. Probalo con un CUIT más abajo.

Preguntas frecuentes

¿Qué es el aviso de rechazo de un cheque?

Son dos cosas que conviene no mezclar. Una es la constancia de rechazo que deja el banco girado en el cheque cuando no lo paga: ese sello o leyenda es la prueba del rechazo y habilita a reclamar. La otra es el aviso que, según la Ley de Cheques, el portador debe dar a su endosante y este a los anteriores, para poder accionar contra ellos. Son avisos distintos con finalidades distintas.

¿El banco avisa cuándo rechaza un cheque?

Al rechazarlo, el banco deja constancia en el propio cheque (la causa del rechazo) y comunica el rechazo al BCRA, que lo registra. Esa constancia es la que te permite iniciar el reclamo. El tenedor debe conservarla: es la prueba del rechazo y de su causa.

¿A quién tengo que avisar si me rechazan un cheque?

Si el cheque viene con endosos y pensás reclamar a los endosantes o avalistas, la ley te exige avisarles el rechazo dentro de los plazos previstos. El portador avisa a su endosante y a quien lo avaló, y así hacia atrás en la cadena. No dar el aviso en término puede hacerte perder la acción contra esos obligados, aunque conserves la del librador.

¿Qué plazo tengo para dar el aviso?

La Ley de Cheques fija plazos cortos, de pocos días hábiles, para que cada obligado avise al anterior. Son plazos acotados y técnicos: conviene actuar enseguida tras el rechazo y asesorarse para no dejar caer la acción contra endosantes y avalistas.

¿Avalio emite el aviso de rechazo?

No. El aviso es una gestión legal entre las partes del cheque. Avalio evalúa el riesgo del librador antes de que aceptes el cheque, que es donde se evita el rechazo. Si igual te rebotó, las guías de reclamo te orientan sobre los pasos.

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